Con la reforma fiscal se ha introducido una novedad interesante respecto al IVA para los importadores de mercancías. Concretamente el artículo 74 del Reglamento de IVA establece que con carácter voluntario, y siempre y cuando se acojan a ello, los importadores de mercancías podrán ingresar el IVA en su declaración liquidación del Impuesto en lugar de en la Aduana. Con ello se evita el...
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