La empresa me paga el piso, ¿tengo que declarar renta en especie?

Algunos trabajadores viven en pisos propiedad de la empresa o que son pagadas por éstas.

 En tal caso, la ley contempla que la empresa me esta retribuyendo de una manera indirecta y que en consecuencia debo declarar esa renta, “renta en especie” en mi declaración del IRPF.

 Hasta aquí no hay más misterio, si vivo en un piso pagado por la empresa debo imputarme una renta en especie, otra cosa es que lo haga o no, pero hasta aquí la norma es bastante clara.

 La siguiente pregunta sería, que valor le doy a la renta en especie?

 Pues hasta 2013 tampoco había misterio con esto, y la ley me decía que si la vivienda era propiedad o no del pagador (empresa) tenía que imputarme un porcentaje del valor catastral, 5% o 10% dependiendo de si estaba revisado o no.

 A partir del 1 de enero de 2013 la norma de siempre solamente se aplica en el caso que la vivienda sea propiedad del pagador (empresa), y en el caso de que no sea propiedad suya la renta en especie será el valor de lo pagado por la empresa, impuestos incluidos y siempre que no sea menor que la aplicación del sistema antiguo.

 Además la ley permite que los que venían valorando con el sistema antiguo en casos en los que la empresa no era propietaria de la vivienda, durante el año 2013 pueden seguir aplicando ese sistema.

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