En el caso en que dos persones paguen por mitades iguales el alquiler de lo que es su vivienda habitual pero únicamente figure uno de ellos como titular del contrato de arrendamiento, podrían ambos practicar la deducción por alquiler en vivienda habitual en la Renta o únicamente el titular del contrato?
La respuesta es que al ser uno de los arrendatarios el titular del contrato, es éste a quien se le generan los derechos y obligaciones derivados del mismo, por lo que será él y únicamente él quien podrá aplicarse la deducción comentada.
El otro arrendatario que satisface la mitad del alquiler pero que en ningún caso figura como titular de un contrato de arrendamiento de vivienda no puede practicarse deducción alguna por este concepto en el Impuesto sobre la Renta.
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